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ANÁLISIS
Cibersociedad
Protección de datos y sentido común
Juan Rodríguez 25/01/2004, 18:53:20
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La protección de datos de nuestros clientes no es un trámite legal para sacarnos el dinero, sino una necesidad de sentido común con el que acreditar que nuestros clientes son importantes y por eso respetamos sus datos personales.




Proteger los datos de nuestros clientes (y empleados) tiene unas implicaciones de tramitación legal y de adecuación de los ficheros que los contienen, que siempre se acaban traduciendo en unos cuantos euros de coste, razón por la cual son muy pocas las empresas que actúan correctamente; algunas más, las que han realizado lo mínimo “para cubrir el expediente” y todas las demás (la mayoría) no han hecho nada, como no sea encomendarse a algún santo patrón y esperar que una inspección no les saque los colores y los billetes.

Para la mayoría de empresas, que en España son de dimensión pequeña o mediana, la adecuación de sus ficheros y forma de trabajar con datos de carácter personal a los requerimientos legales supone un coste, sin que nadie les haya explicado las ventajas más allá de meterles miedo por las elevadas multas en caso de inspección y ese coste tiene en muchas ocasiones un claro factor disuasorio.

La adecuación tiene implicaciones legales de tramitación (un coste), necesidades organizativas e informáticas en la protección de ficheros (otro coste) y necesidades de seguimiento de su cumplimiento (otro coste más). La dispersión de tarifas que se ofertan en el mercado es significativa y lo que se recibe a cambio suele ser lo mismo: unos documentos y unos manuales, que nadie lee y por lo tanto no se aplican.

Y no se leen ni aplican por un error de concepto: la protección de datos de nuestros clientes no es un trámite legal para sacarnos el dinero, sino una necesidad de sentido común en la gestión y uso de los datos de carácter personal, con el que acreditar que nuestros clientes son importantes y por eso respetamos sus datos personales. Aquí entra lo que sería el tercer coste para las empresas: vigilar que la protección de datos se cumple día a día. No es de extrañar, por lo tanto, que muchas empresas hayan cubierto la tramitación legal, pero sigan actuando como siempre: normalmente mal.

Tanto unas empresas, las que han registrado sus ficheros de datos personales, como las que no lo han realizado, habrían de aplicar el sentido común en la captación, gestión y uso de los datos de carácter personal y después cumplir con los trámites de registro de ficheros en lugar de conformarse o preocuparse por esto último.

Pero el sentido común no es universal ni uniforme en todos los casos. La casuística en que pueden verse involucrados este tipo de datos es tal que, a manera de síntesis, intentaremos resumirla en unos ejemplos.

Datos de clientes. Electrodomésticos La Lavadora, S.A.
Lo habitual es que los clientes nos compren una lavadora y deseen que se les lleve a casa. En el maletero del coche no suelen caber. Para ello nos dan su nombre y dirección, que ya son de por sí datos de carácter personal que deben protegerse.

¿Qué puede hacerse con esos datos?
En primer lugar deben conservarse 4 años por exigencia fiscal, para acreditar las operaciones comerciales de la empresa. Pero conservar no significa divulgar, ceder a terceros o usar para promociones futuras. Conservar es conservar, es decir, guardar.

¿Qué no puede hacerse con esos datos?
No puede hacerse nada más. ¿Tenemos permiso para ello?.

Es de sentido común que si queremos que nos lleven la lavadora a casa, hemos de dar nuestra dirección y para eso hemos dado los datos y no para que nos llenen el buzón con propaganda. Lo uno (lavadora en casa) no es sinónimo de lo otro (buzón con propaganda) y el cliente ha dado permiso para lo primero, pero no para lo segundo.

Si el comerciante quiere usar los datos con otra finalidad, ha de tener permiso expreso. Permiso que debe contemplar a quién, en qué condiciones y para qué finalidad se otorga. Si el permiso es para La Lavadora S.A. esos datos no podrán ser usados por el mismo comerciante cuando inaugure Restaurante El Plato o Electrodomésticos Ropa Limpia S.L. por mucho que todos esos negocios sean propiedad del mismo empresario.

Datos de empleados. Electrodomésticos La Lavadora, S.A.
Los empleados también son personas y como tales tienen datos de carácter personal que han de protegerse y usarse para los únicos fines con que han sido obtenidos: filiación a la Seguridad Social, pago de nominas y retenciones fiscales. Cualquier otro uso o cesión a terceros ha de tener el consentimiento del empleado titular de los datos.

¿Qué puede hacerse con esos datos?
En primer lugar deben conservarse 4 años para acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y en materia de cotizaciones sociales. Y nos repetimos: conservar no significa divulgar, ceder a terceros o usar con otros fines.

Entre esos datos puede figurar el estado civil de una chica, que a nadie le importa, su fecha de cumpleaños que ella no celebra o los días que estuvo de baja por un aborto. Todo ello es información privada que sólo la interesada puede determinar a quién y para qué la facilita. La cesión a terceros (como son las gestorías) requiere su autorización expresa.

¿Qué no puede hacerse con esos datos?
La casuística más frecuente de incumplimiento suele darse en la cesión a terceros (normalmente gestorías) que son las que tramitan la afiliación a la Seguridad Social y confeccionan las nóminas. ¿Existe ese permiso?

De nada sirve que la gestoría sea de un sobrino del dueño de Electrodomésticos La Lavadora S.A. o incluso que ambos empresas sean del mismo empresario. La chica del ejemplo dio sus datos a La Lavadora S.A: para trabajar y cobrar. ¿Se le pidió permiso para transferirlos también a otra empresa sea gestoría o no?.

En conclusión
Los datos de carácter personal se piden y se obtienen (si nos los dan) para una finalidad en concreto. El uso para otras finalidades o por otras persona, no demuestra precisamente mucho respeto para con nuestros clientes o empleados, razón más que de sobra para no comprometer nuestra profesionalidad.

Por sentido común: si tengo permiso los uso, sino lo tengo no los uso.




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Comentarios

Me parece exagerada la interpretacion que das a la proteccion de datos. Si alguien da sus datos para que le pague, parece implícito que autoriza, a que vean los datos quien tenga que hacer la nómina. Nno veo diferencia que sea un gestor o el empleado del departamento de personal, y corren el mismo riesgo de ser divulgados, tanto en un caso como en otro.

No creo que el autor pretenda que la nómina la haga personalmente el dueño del negocio.

A parte, los datos del empleado se mandan por ley, no recuerdo si en el imprreso TC2 o el TC3 de la Nómina, y para mayor INRI casi siempre en soporte magnético a la Seguridad Social y a la Mútuas de Accidentes laborales, que son sociedades privadas. De estos datos además tiene conocimiento, Hacienda y posiblemente los organismos equivalentes de las autonomias.

El formato digital es idóneo para ser vendido o copiado y el empresario no puede evitarlo una vez que el formato traspasa las puertas de su oficina..

¿Va a ser el empresario reponsable si cualquiera de las personas que trabajan en esos orgsnismos y sociedades venden los datos a un tercero.?

¿Esta obligado a gastar dinero en guardar datos que pueden ser divulgados por montones de personas que el empresario no controla? .

Por otra, parte el nombre y direccion de los clientes, son datos que aparecen en las páginas blancas de la guia, que se publican actualizados cada cierto tiempo, (los autentico best seller en cuanto a tamaño de la edición). Aparte que guías de teléfonos se venden tambien en formatos CD-R y se pueden scanear.

No entiendo por qué tengo que protejer unos datos que todos tenemos en casa.

Enviado por José Gimeno - 02/02/2004, 0:18:31

El autor confunde la cesión de datos (recogida en el Artículo 11 de la LOPD) con la comunicación a encargado de tratamiento (Artículo 12 LOPD). La cesión supone la comunicación de datos personales a un tercero para que los utilice para sus propios fines legítimos (que pueden ser distintos a los del cedente); en cambio, la comunicación a encargado de tratamiento supone la revelación de los datos personales a un tercero para que éste los trate únicamente siguiendo las instrucciones del responsable del fichero.

En el ejemplo de los empleados, Electrodomésticos La Lavadora (como responsable del fichero) comunica los datos a una gestoría (encargado del tratamiento) para que ésta los trate únicamente para los fines indicados por Electrodomésticos La Lavadora (elaboración de nóminas, gestiones ante la Seguridad Social, etc.).

Si bien es cierto que en el caso de cesión se requiere en principio el consentimiento del sujeto afectado (aunque existen otros supuestos que legitimarían igualmente una cesión), no se requiere dicho consentimiento en el caso de comunicación a encargado del tratamiento.

Siguiendo el ejemplo del artículo, Electrodomésticos La Lavadora no necesita ningún consentimiento para comunicar los datos de sus empleados a una gestoría, ni tampoco para comunicar los datos de sus clientes a un tercero transportista contratado por la empresa para entregar la lavadora comprada.

Pero aún más: de conformidad con el Artículo 11.2(c) LOPD, cuando Electrodomésticos La Lavadora rellena el documento de garantía y lo remite al fabricante para hacer efectiva esa garantía de la lavadora, se produce una cesión de datos que no requiere el consentimiento del comprador, porque dicha cesión es necesaria para que el comprador pueda ejercitar sus derechos como consumidor frente al fabricante en caso de que se produzca cualquier defecto durante el período de garantía.

En resumen: escribir un artículo sin un adecuado conocimiento del tema que se trata es ciertamente reprochable, y más aún cuando las opiniones vertidas pueden influir en la conducta de otros.

Enviado por Buena Samaritana - 26/02/2004, 14:09:43

es muy interesate y muy bueno todo

Enviado por teresa - 27/02/2004, 1:19:12

A ver, entonces que me centre: Que tenemos que hacer las pequeñas empresas para cumplir con la LOPD? Inscribir los ficheros, vale, pero cuantos? No podemos inscribir un solo fichero, el de la gestión de la empresa, y ahi incluir todos? (tanto el programa de gestión de clientes, como el de personal, etc.)
Una vez inscritos, tomar una serie de medidas para que no todo el mundo pueda acceder, no? Para eso tenemos que gastarnos el presupuesto del año en un sistema informático a prueba de bombas?Luego? Que si responsable de seguridad, de tratamiento...¿conoceis alguna manera sencilla y mas o menos clara y esquematizada para cumplir con la ley sin tener que volver loco al personal y sin costes extremados? Agradecería me informarais, porque este tema está en auge ahora y se dicen mil pautas que me parecen un poco exageradas y dificiles de cumplir. Gracias

Enviado por raya diplomatica - 10/03/2004, 19:11:16

Esto es un verdadero sacacuartos, yo tengo una asesoria de empresas, y la verdad es que no veo el problema, me considero un profesional, y los datos de mis clientes son y seran siempre confidenciales, aunque termine a palos con alguno, y por supuesto, ya estoy planteandome ela posibilidad de montar una tienda de chuches y mandar todo a la mierda, por que seamos realistas, jamas vamos a poder cumplir con estos requisitos, a no ser que no tengas trabajo y estes todo el santo dia tocandote los webs. Yo no puedo ni respirar, y si lo encargo a alguien, viene y me pide 2500 euros, entonces para que coño se ha quitado el IAE a la PYMES, si resulta que ahora hay que pagar otra estupidez, veo muy bien que se coja a los de alguna compañia telefonica, por ejemplo y se les machaque por vender sus bases de datos, pero esto me parece excesivo. Pero bueno, ya se sabe, a cumplir y a correr. Menuda mierda.

Enviado por juanjo - 06/04/2004, 13:34:57

Todos tenemos obligaciones por instalar nuestros negocios y esta es una de las más importantes porque la Ley protege el patrimonio más preciado de las empresas que son los datos.
A mi también me parecen unos sacacuartos los asesores o gestores, que hacen una labor que debería realizar automáticamente la Administración Pública, pero no puedo mandarlos a la mierda porque sino mi negocio se iría al garete.
Las cosas están así y sino se quiere aceptar es mejor no montar ningún negocio y dedicarse a trabajar para otros. Además, en última instancia siempre te lo puedes hacer tú mismo (como la contabilidad, el IVA, el IRPF, el asesoramiento informático, las nóminas, etc...)

Un saludo,

Enviado por Fernando - 05/05/2004, 11:21:00

A mi me ha surgido la duda de que hacer con la gestión de nóminas que tengo cedidas a la gestoría. Yo soy el responsable del fichero y ellos los encargados. Que obligaciones tengo yo con respecto a los titulares de los datos y que obligaciones tiene ellos. Tengo que hacer un contrato con el encargado del procedimiento?

Enviado por Ana - 10/06/2004, 0:10:59

para ANA:
debes tener un contrato firmado con tu asesor,o ,con cualquier empresa externa a la que le cedas cualquier tipo de dato de carácter personal (agencias publicitarias....) dicho documento se llama contrato de cesión de datos a terceros,para con el mismo delimitar tus responsabilidades ante cualquier fuga de datos en las instalaciones de tu asesor.

Enviado por jorge - 29/08/2004, 4:08:43

Lo que sucede con respecto a este tema de la LOPD es que hay mucho desconocimiento y en consecuencia mucho aprovechamiento de las consultoras que se dedican a este tema.
hay de todo :
te cobran claúsulas abusivas,te cobran por todo ,por fichero ,por presona de acceso,por equipo,en definitiva por todo.
Ypara rematarla te presentan un contrato para seguir sacándote pasta por un servicio innecesario.Una vez comunicados los ficheros y redactados los documentos de seguridad (uno por fichero) con tener la normativa de personal al día y realizar las copias de seguridad con la periodicidad que exige el reglamento porque hay que pagar ningún tipo de mantenimiento que tipo de servicios me van a prestar estos "listillos".
Si tienes un contrato yo en tu caso esperaría a que este se extinguiese y con el período que me exige (normalmente tres meses) le comunico a esta gente que no quiero seguir "palmando" a no ser que te sobre el dinero y la economía no está para tirar.
Yo realice todas las gestiones con una empresa y luego tube que realizarlo con otra ya que la primera no me había realizado correctamente la gestión (faltaban coletillas,contratos de cesión de datos....) .
Dentro de lo malo encontré definitivamente a una empresa que me arreglo todo el problema por una cantidad de dinero considerable .
YLO MÁS IMPORTANTE SIN NINGUN TIPO DE CONTRATO DE MANTENIMIENTO .
Un saludo y no nos dejemos engañar por los "listillos"

Enviado por jorge - 29/08/2004, 4:20:29

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